En concreto, ante la pregunta ¿ha faltado el Banco de España a sus obligaciones? ¿Se le podría exigir alguna responsabilidad?, el letrado contesta que «por supuesto que sí». «Se podría apelar a la ‘culpa in vigilando’ en el caso de que hubiera incurrido en una actuación negligente con grave perjuicio para los ahorradores o los inversionistas». Aunque reconoce que «es difícil de demostrar, pues tendría que estar muy claro que ha habido dejación de funciones».